Sólo las entidades públicas venderán divisas en aeropuertos

Sólo las entidades públicas serán las únicas que podrán abrir o mantener casas operativas de venta de divisas en aeropuertos, en la medida que cuenten con la autorización correspondiente del Banco Central, se informó oficialmente.

La medida tomada por el Directorio del Banco Central y que ya entró en vigencia, también dispuso la revocación de la de las autorizaciones oportunamente otorgadas a otras entidades financieras y cambiarias para mantener sucursales o dependencias especiales en aeropuertos y puertos.
La entidad monetaria, a través de un comunicado de prensa, sostuvo que la decisión apunta a evitar la instrumentación de “prácticas abusivas que afectan a los viajeros que ingresan a la Argentina” y para avanzar en la “prevención de los riesgos de lavado de activos y financiación del terrorismo en terminales portuarias y aeroportuarias”.
“La decisión se adoptó a partir de un relevamiento conjunto realizado por el Banco Central, la Unidad de Información Financiera (UIF), la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y el Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos (ORSNA)”, precisó el comunicado.
El Directorio del BCRA también tuvo en cuenta que se detectaron prácticas abusivas de entidades privadas que operan en diferentes terminales que perjudican notoriamente a los turistas.
Entre estas prácticas se verificó el pago de precios por la compra de moneda extranjera muy inferiores a los habituales de mercado, lo cual afecta a los viajeros que arriban a la Argentina y perjudica el desarrollo del turismo.
Este tipo de comportamientos resulta abusivo y lesiona derechos de los usuarios de servicios financieros, sostuvo el Central.
De tal modo, los tipos de cambio minoristas comprador y vendedor ofrecidos por cada entidad pública autorizada a operar en las jurisdicciones citadas deberán ser uniformes para todas las sucursales de la entidad.

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