La Legislatura provincial tratará los proyectos sobre seguridad antes del 10 de diciembre

Las normas limitan las excarcelaciones, modifican el Código Contravencional y permiten detener a quienes incurran en “vagabundeo sospechoso” y a quienes “oculten su rostro maliciosamente”. Ambas iniciativas fueron ingresadas en el Senado provincial.

Las iniciativas del Gobernador Daniel Scioli en materia de seguridad, fueron ingresadas anoche en el Senado provincial y en los próximos días tomarán estado parlamentario, por lo que las fuentes estimaron que serán tratadas antes del 10 de diciembre, ya que, con el recambio legislativo, el oficialismo perderá la mayoría en ambas cámaras.

Los proyectos, según explicó el ministro de Justicia bonaerense, Ricardo Casal, buscan “apuntalar la actuación de la policía” y “actuar contra los comportamientos cuasidelictivos”.

“Vamos a penar la exigencia de una dádiva por la fuerza, o de forma amenazante o intimidante”, detalló Casal en declaraciones a Radio Provincia.

Según el mensaje oficial que acompaña al proyecto de Código Contravencional presentado, se trata de sancionar “tipos contravencionales actualizados”, es decir conductas que, sin configurar delitos, pueden resultar preparatorias para su comisión o bien, conculcatorias de la paz social.

Para quienes piden dinero en forma compulsiva en la vía pública, el proyecto de Código Contravencional prevé multas y hasta 45 días de arresto.

“Se regula la conducta disvaliosa de aquel que la llevara adelante en estado de ebriedad o de aquellos que incitaren a otros a situaciones de violencia o que abusaren de su actuación en grupo -actitudes patoteriles, entre otras”, detalla el mensaje.

Aclara que, “sin que esto implique en modo alguno la penalización de la protesta social, la norma contempla cualquier forma de ocultamiento malicioso de rostro, circunstancias éstas que sin lugar a dudas desnaturalizan el libre ejercicio de peticionar a las autoridades consagrado constitucionalmente”.

También se busca prevenir delitos al sancionar “la tenencia y/o provisión injustificada de llaves falsas, yugas o elementos de cerrajería, armas impropias, que indudablemente ninguna otra finalidad tendrían que no sea la comisión de hechos ilícitos. Esto con el objeto de evitar que efectivamente se consumen”.

A quienes porten cualquier tipo de arma en la vía pública o en lugares de acceso público, se fijan multas y hasta 90 días de arresto.

Se penaliza además a quienes usen “uniformes y/o prendas de específico uso de fuerzas de seguridad o policiales a aquellos que no se encuentren habilitados para ello, como así a quien se los facilitare”.

El nuevo proyecto contravencional sanciona a quienes incurren en “vagabundeo sospechoso”.

Según el artículo 64, “será sancionado con multa de entre 10 y 20 `unidades de multa` el que permaneciere sin causa justificada en las inmediaciones de un inmueble, de un vehículo o de un establecimiento de cualquier naturaleza en forma susceptible de causar alarma o inquietud a sus propietarios, ocupantes, encargados, vecinos o transeúntes, todo ello mediando requerimiento o denuncia de parte”.

Por “unidad multa”, entiende el proyecto a un monto de dinero similar al 20 por ciento del salario básico de un empleado público provincial de categoría 5.

Pero ese artículo establece que corresponderá “detener” a quien vagabundea “cuando no pudiere o se negare a identificarse ante requerimiento de la autoridad provincial, debiendo ésta dar intervención al juez competente en el plazo máximo de 4 horas”.

El artículo 75 establece que “será sancionado con multa entre 10 y 15 unidades de multa y arresto de hasta 30 días quien circulare por la vía pública con atuendos destinados a ocultar su rostro de manera tal que impidiere u obstruyere su identificación, excepto que ello obedeciere a motivos religiosos, culturales, étnicos o sanitarios”.

El artículo 76 sanciona “con multa entre 10 y 15 unidades de multa y arresto de hasta 90 días al que obstaculizare, de cualquier modo, la circulación de vehículos por la vía pública o espacios públicos o los ocupare sin autorización legal”.

Y el artículo 77 fija que “será sancionado con multa entre 10 y 15 unidades de multa y arresto de hasta noventa días a quien impidiere u obstaculizare, de cualquier modo y sin causa justificada, el tránsito de personas así como el ingreso o salida de lugares públicos o privados”.

El otro proyecto, que modifica el Código Procesal Penal (CPP) provincial, “propone la adecuación de las normas excarcelatorias para reiterantes y multireiterantes, para delitos cometidos con menores y, finalmente, para los cometidos con armas de fuego”, según precisa el mensaje que acompaña la iniciativa.

Lo mismo se pide a la hora de resolver si se excarcela o no a aquel que delinquió usando armas de fuego.

La minoridad delictiva es una situación que preocupa al gobierno bonaerense y se refleja en las iniciativas.

El ministro Casal resaltó: “Tenemos en la secundaria el ochenta por ciento de escolarización, la inclusión es fundamental, pero nos preocupa ese veinte por ciento no escolarizado”.

“Se registró una tragedia social y económica, donde los chicos se fueron de la escuela y pasaron de formar la tasa de escolaridad a la tasa de criminalidad”, concluyó.

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