La Corte Suprema rechazó excarcelar al principal acusado por el asesinato de Cabezas

La Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó por inadmisible un recurso presentado por Gustavo Prellezo, principal acusado del asesinato del reportero gráfico José Luis Cabezas, para obtener su excarcelación, informaron fuentes de tribunales.

De esta forma el expolicía, uno de los nueve sentenciados por el crimen ocurrido en 1997 en Pinamar continuará con el arresto domiciliario, beneficio que le fuera otorgado por problemas de salud.

Prellezo intentó sin éxito llegar al máximo tribunal del país para que se analice su reclamo de liberación, pero los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Enrique Petracchi, Juan Carlos Maqueda y Carmen Argibay rechazaron por “inadmisible” el planteo, según el fallo.

El ex policía cumple con la prisión domiciliaria desde octubre del año pasado, cuando la Cámara de Apelaciones y Garantías de Dolores rechazó el pedido del fiscal para que se suspendiera la aplicación de ese beneficio.

Cabezas fue asesinado el 25 de enero de 1997 en una cava de las afueras de la ciudad de General Madariaga, luego de ser secuestrado en Pinamar, adonde había sido enviado por la revista Noticias para cubrir la temporada de verano.

En el juicio oral del año 2000, fueron condenados a prisión perpetua los miembros de la banda de delincuentes de Los Hornos: Horacio Braga, José Luis Auge, Sergio González y Héctor Retana (murió en la cárcel); el ex jefe de seguridad del empresario telepostal Alfredo Yabrán, Gregorio Ríos, y los ex policías Prellezo, Aníbal Luna y Sergio Camaratta.

Un fallo dictado en 2003 por el Tribunal de Casación bonaerense redujo las penas y a partir de 2004 todos los imputados, que habían sido detenidos entre abril y mayo de 1997, comenzaron a ser excarcelados bajo fianza debido a la aplicación de la ley del 2×1, que computaba doble el tiempo cumplido con prisión preventiva.

En el caso de Luna y Camaratta, salieron libres en octubre de 2006, por lo que estuvieron presos tres años sin sentencia firme (se computa doble) y otros seis más a partir de 2000, es decir, un total de 12 años aproximadamente.

El 19 de septiembre de 2007, la Suprema Corte bonaerense revocó el fallo del Tribunal de Casación y confirmó las condenas a perpetua dictadas por la Cámara de Dolores en 2000.

Todos los imputados apelaron a la Corte nacional y en diciembre último se rechazó el recurso presentado por Ríos, lo cual derivó en una serie de presentaciones de éste y los otros imputados ante la Cámara de Dolores para que se realice un nuevo cómputo.

El mes pasado la Corte nacional también rechazó por “inadmisible” un recurso de nulidad de la condena presentado por la abogada defensora de los Luna y Camaratta, María Natalia Nosenzo.

El fallo dejó firme las condenas a prisión perpetua de ambos, aunque por ahora continuarán en libertad ya que se encuentra bajo análisis de Casación si tanto a ellos como al resto de los imputados les faltan años de condena por cumplir.

Una vez que se defina esa situación, la Cámara de Dolores podrá resolver si hace lugar o no a los pedidos de detención formulados por el abogado de la familia de Cabezas y la fiscalía.

Actualmente sólo Braga y Auge están presos por haber violado el régimen de arresto domiciliario, mientras que el ex comisario de Pinamar, Alberto Gómez, fue condenado a perpetua en un segundo juicio y también tiene prisión domiciliaria.

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