Con el apoyo de los bloques mayoritarios, la ley contra el lavado de dinero se debatirá el 1 de junio

El proyecto que establece nuevas restricciones y agrava las penas para reprimir el lavado de dinero, será convertido en ley por el Senado Nacional el próximo 1 de junio, ya que los bloques mayoritarios anticiparon su apoyo para la aprobación.

Así lo dejaron entrever los máximos representantes de las bancadas mayoritarias, el Frente para la Victoria y la UCR, tras la reunión de la Comisión de Justicia y Asuntos Penales de la que participaron el ministro de Justicia, Julio Alak; y el presidente de la Unidad de Información Financiera (UIF), José Sbatella.

El justicialista Miguel Ángel Pichetto y el radical Ernesto Sanz argumentaron a favor de la medida, que ya cuenta con media sanción de Diputados, en tanto que el Peronismo Federal, representado por la presidenta de la Comisión, la salteña Sonia Escudero, adelantó también dio su visto bueno.

La iniciativa debe ser convertida en Ley antes de la próxima reunión del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), prevista para el 20 de junio, para evitar que ese organismo sancione a la Argentina por la falta de actualización de su legislación antilavado.

No obstante, la iniciativa aún no fue pasada para que la firmen los legisladores de la comisión, ya que los bloques decidieron hacer una nueva reunión el martes 31 de mayo, un día antes de llevarla al recinto.

Durante la reunión, el ministro Alak instó a los senadores a que den pronta sanción a la norma, para “eximir al país de una sanción que perjudicaría al sistema financiero y a la banca pública argentina”.

“Lo que plantea la ley es un cambio profundo, casi revolucionario”, declaró el ministro, para luego remarcar que la norma también prevé sancionar el “autolavado”, habilita a los jueces a realizar decomisos en forma preventiva y a la UIF a accionar “ante organismos nacionales e internacionales”.

En el mismo sentido se pronunciaron el presidente de la Comisión de Control y Prevención del Lavado de Dinero y vicepresidente del Banco Central, Miguel Pesce; el director ejecutivo de la Asociación de Bancos Privados de Capital Argentino (ABEBA), Norberto Peruzzotti; y el titular de ABAPPRA y del Banco Nación, Juan Carlos Fábrega.

Del encuentro también tomó parte el presidente de la Asociación de Bancos de la Argentina (ABA), Claudio Cesario.

El titular de la UIF, durante su exposición, dijo que la nueva Ley le dará a la Argentina “una credibilidad de base” dentro del GAFI.

Sbatella también dijo que existe “mucha hipocresía” en el sistema financiero internacional con respecto al lavado de activos.

“Hay mucha hipocresía en el sistema. El principal paraíso fiscal está a 50 kilómetros de Washington. El segundo, en la City de Londres”, agregó el funcionario.

El proyecto que será debatido el 1 de junio en el recinto, establece la tipificación como delito autónomo del Lavado de Activos, eliminando la restricción que une esa figura al acto de encubrir delitos ejecutados por otros, lo que impide en la actualidad la persecución penal del denominado “autolavado”.

Además amplía las facultades de la UIF y de la judicatura, mediante modificaciones a la Ley 25.246, e incorpora nuevos sujetos obligados.

En tanto, los montos de punibilidad del tipo penal se elevaron a 300 mil pesos y se estipuló que quien realiza una maniobra de lavado inferior a 300.000 pesos tiene la misma pena que el encubrimiento.

También prevé la autonomía y autarquía financiera de la Unidad de Información Financiera.

En relación al procedimiento de designación de la UIF, exige que se realice un concurso público, transparente y abierto en el ámbito del Ministerio de Justicia y aplicando luego el procedimiento que hoy prevé el decreto 222/03.

Según el proyecto, el Poder Ejecutivo podrá remover al presidente y vicepresidente de la UIF de su cargo cuando incurrieren en mal desempeño de sus funciones o en grave negligencia, cuando resultaren condenados por la comisión de delitos dolosos o por inhabilidad física o moral posterior a su designación.

También se prohíbe iniciar investigaciones de oficio o a partir de los reportes automáticos y, en el caso de la UIF, establece que no podrá querellar.

Finalmente, el plazo para informar operaciones sospechosas se extendió de 30 a 150 días corridos.

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