Un fallo inédito en el país aplica la figura del “padre solidario”

Un hombre fue condenado en Rosario a pagar la cuota alimentaria para el mantenimiento de la hija adoptiva de su ex esposa, en un fallo inédito en el país, que se ajusta a la figura de “padre solidario”, contemplado en el anteproyecto de unificación del Código Civil y Comercial.

La medida judicial fue dispuesta por el juez del Tribunal Colegiado de Familia N°5 de Rosario, Ricardo Dutto, al considerar que el hombre pese a no ser actualmente padre adoptivo ni padrastro participó, antes de divorciarse, de la “guarda” preadoptiva de la menor que hoy tiene 18 años, informaron a Télam fuentes judiciales.

El caso de remonta a 10 años atrás, cuando el matrimonio encontró a una nena de ocho años junto a su madre biológica en la calle en total abandono y ambos decidieron iniciar los trámites de adopción, por lo que obtuvieron una “guarda” preadoptiva.

Años después, la pareja se separó, la mujer ejerció efectivamente la guarda sola y más tarde pidió la adopción de la menor, que este año cumplió 18 años.

Ante el pedido, el juez Dutto autorizó que la joven lleve el apellido de su padre biológico seguido del de su madre adoptiva.

El pronunciamiento de Dutto aplicó la figura de “padre solidario” o “progenitor afín” lo que obligó a la ex-pareja de la adoptante a destinar el 15 por ciento de sus ingresos netos mensuales como ayuda alimentaria hasta que la joven cumpla los 21 años.

Esta figura judicial, que se aplica por primera vez en Argentina, está contemplada en el anteproyecto de unificación de los códigos civil y comercial, aseguraron desde el Juzgado local.

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