Otra buena para los jubilados

Un fallo de la Cámara de Seguridad Social ordenó que la jubilación no podrá ser inferior al 70 por ciento del sueldo promedio. La medida crea jurisprudencia para casi todos los pasivos y renueva las esperanzas de los nuevos jubilados, cuyos haberes rondan el 50 por ciento del sueldo promedio.
Informe elaborado por el equipo de profesionales que integra el periodista y abogado Luis Otero.

Una sentencia dictada por la Sala III de la Cámara Federal de Seguridad Social favoreció al jubilado José Betancur y sentó jurisprudencia para todos las demandas venideras. Resolvió que la jubilación no puede bajar del 70 por ciento del sueldo promedio en actividad.

Como la mayoría de los nuevos jubilados actualmente cobran una cifra que ronda el 50 por ciento del sueldo promedio, el fallo renueva las expectativas y representa una gran mejora para la clase pasiva.

¿Cuánto aumentará la jubilación del jubilado demandante?
Hasta el momento, el haber de Betancur es de 2072 pesos. Según la actualización propuesta por el fallo, deberá cobrar 3.795 pesos. Es decir, el equivalente al 70 por ciento: 1.723 pesos más.

¿De dónde surge el nuevo cálculo de los haberes?
Según el fallo, deberán actualizarse todas las jubilaciones hasta llegar al 70 por ciento del sueldo promedio en actividad. Para eso, se creó un “suplemento de sustitución”. O sea, un suplemento que se deberá entregar si el calculo de los haberes de la Anses no supera el 70 por ciento en cuestión.

Los camaristas insistieron, además en que la ley previsional dictada en 1994 no fijó un piso jubilatorio e insistieron en que, como la jubilación es un salario, debe regirse por el mismo principio por el que éstos se rigen.

¿Quiénes pueden reclamar el aumento?
La gran mayoría de los jubilados tendría derecho a reclamar lo obtenido por Betancur. Sólo quedarían excluídos los que tuvieron un salario muy bajo y ya fueron beneficiados con las subas del haber mínimo en 2003 y los que ya perciben más del 80 por ciento de su sueldo promedio, como los docentes, investigadores científicos y diplomáticos, que cuentan con regímenes especiales de jubilación.

¿Qué fallos hubo con anterioridad?
-Caso Badaro (2006): La Corte Suprema ordenó que el Poder Ejecutivo y el Congreso garanticen el pago de la movilidad de los haberes establecidos en 1994 por la Constitución Nacional. El fallo se aplicó sobre la ley 18.037 y permitió que todos los que se jubilaron hasta 1993 pudieran iniciar acciones legales.

-Caso Elliff (2009): amplió la actualización de haberes, amparada por la ley 24.241, y tomó como referencia los salarios de los últimos 10 años de actividad para hacer el cálculo. Permitió que todos los que se jubilaron entre 1993 y 2006 pudieran iniciar acciones legales.

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