Liberaron al abogado Stinfale y a otros dos acusados por la trágica fiesta Time Warp

La medida benefició también al presidente de Dell Producciones, Adrián Conci, organizador del evento donde el 15 de abril pasado murieron cinco asistentes intoxicados con drogas sintéticas y al apoderado de esa firma, Carlos Garat.

El tribunal calificó los delitos por el que están procesados como “homicidio culposo y lesiones graves culposas”, pero eliminó el más grave, de “facilitación de lugar para el consumo y venta de estupefacientes” por el que los había procesado el juez Sebastián Cassanello.

Para el tribunal no hay en el expediente “ningún elemento que permita vincular directamente a sus asistidos con dicha comercialización y, por tanto, sostener la imputación en los términos del artículo 5° inciso c de la ley 23737”.

Stinfale, acusado de ser directivo de la empresa que proveía de energizantes y agua embotellada durante la fiesta mientras el agua de los baños permanecía cortada, ya gozaba del beneficio de la prisión domiciliaria en razón de problemas cardíacos.

El titular de Dell Producciones y su apoderado estaban en cambio presos como integrantes de la organización del evento donde se comercializaron estupefacientes de diseño que causaron cinco muertos.

El cese de las prisiones preventivas fue dispuesta por considerarse que “ya no existen los riesgos procesales de entorpecimiento” de la investigación que había determinado las detenciones.

Pese a ello, la cámara pidió al juez que les mantenga la prohibición de salir del país y les fije una importante caución -personal o real-, además de confirmarle los embargos por 50 millones de pesos.

El tribunal confirmó también el procesamiento de “rey de la fiesta electrónica”, Martín Gontad; del otro apoderado de Dell Producciones, Máximiliano Avila; y a un empleado de seguridad de apellido Penisse

La resolución consideró además que “la voluntad nunca estuvo dirigida a proteger a los concurrentes” sino a “cubrir exclusiva y excluyentemente las exigencias particulares de una parte importante del mercado como vehículo para garantizar el éxito económico del evento: proveer un ambiente donde la venta y el consumo de estupefacientes se desarrollara sin inconveniente”.

“Los responsables de la organización quebrantaron sus obligaciones con el objetivo de obtener el mayor rédito posible”, sostuvo el fallo que invocó numerosos testimonios sobre “un control de ingreso permeable, con revisiones parciales e intermitentes”.

Destaca que “se ha acreditado que el personal de seguridad contratado -formal e informalmente-, fue designado para actuar en los lugares periféricos a efectos de controlar -y contabilizar- el ingreso, mas ninguno estuvo destinado a monitorear cuanto ocurría en el interior donde se encontraban, precisamente, los concurrentes”.

También establece que “las sustancias ilícitas halladas tanto en el predio como en el organismo de las víctimas fueron adquiridas dentro o fuera del lugar -ambas cosas eran posibles” y que “su consumo evidentemente se produjo durante el transcurso de esa noche”.

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