Esta modificación a la RG 3819 publicada ayer procura preservar la equidad frente a las distintas situaciones que se producen entre las liquidaciones anteriores y posteriores a dicha fecha.
Por otra parte, se aclara que sigue vigente el mecanismo de compensación con los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales y, de corresponder, el mecanismo de devolución de las percepciones sufridas con anterioridad.
