Estacionamiento: ordenado o recaudación?

Carta del Dr. José Taboada.

La Ordenanza Municipal que establece el estacionamiento medido en los principales centros comerciales de este Partido de Avellaneda ha generado polémicas, enmarcadas la mayoría en cuestiones políticas antes que en materia de ordenamiento del uso de la vía pública.

El ordenamiento del tránsito y, sobre todo en lo que hace al estacionamiento, es deficiente. La recaudación municipal ¿es insuficiente?, no es el propósito de esta nota indagar sobre el uso de los recursos públicos, pero en el marco de ella y, en atención a las necesidades insatisfechas de los vecinos, puede considerarse que si es insuficiente.

El estacionamiento en la vía pública, para ser considerado tal, requiere que lo sea por un tiempo prudencial, pasado el cual se trasforma en depósito de vehículos lo que desnaturaliza el carácter de vía pública, para convertirla de hecho en espacio de uso privado de quien deposita el vehículo.

Teniendo en consideración esas premisas es necesario buscar soluciones que permitan satisfacer primordialmente el ordenamiento del tránsito y el estacionamiento, teniendo en vista las necesidades de los comerciantes y de los vecinos.

Sería conveniente que, cediendo un poco en el interés recaudatorio, se permita el estacionamiento gratuito durante un plazo prudencial (puede ser una hora) para luego establecer un arancel progresivo por cada hora de permanencia del vehículo en el lugar.

Así los comerciantes no podrán quejarse, toda compra y operación comercial que requiera menos de una hora no tendrá costo de estacionamiento. Cuando la estadía se prolongue será onerosa y se irá encareciendo con el transcurso de las horas, pero ello lejos de perjudicar la venta de los comercios zonales, los beneficiará, ya que propiciará la renovación de los automotores estacionados permitiendo la llegada de nuevos clientes.

La necesidad recaudatoria podrá satisfacerse con aquellos que estacionen por tiempos prolongados o dejen los vehículos depositados en la vía pública.

Dr. José Taboada
DNI 4.630.247
taboada@estudiotaboada.com.ar

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