En lo que va del año se aplicaron multas a comercios por más de 3 millones de pesos

El ministerio de la Producción aplicó, entre enero y octubre de 2011, multas por más de 3 millones de pesos a comercios por la no exhibición de precios, cobro diferenciado del precio publicado en las góndolas y publicidad engañosa. De ese total, unos 900 mil pesos fueron sanciones a quienes infringieron la Ley de Talles.

Según explicó el ministro de la Producción, Martín Ferré, «desde la gestión del gobernador Scioli buscamos generar un vínculo de transparencia entre el consumidor y el comerciante apelando a la toma de conciencia y a la responsabilidad social. Cumplir con este objetivo de defender al consumidor es prioridad para nosotros».
 
En efecto, en lo que va del año la Provincia aplicó multas por 3.029.200 pesos. De ese total, el 29% (880.550 pesos) correspondió a sanciones aplicadas a comercios que violaron la Ley 12.665 o Ley de Talles. Entre las infracciones detectadas por la aplicación de esta normativa se encuentran la falta de marcación numérica en las prendas (la ley ordena ubicar los talles del 38 al 48), del pictograma que indica a qué medida corporal corresponde cada una de ellas y de stock correspondiente a todos los talles.
 
De todas maneras, las multas por violaciones a la Ley de Lealtad Comercial lideraron el ranking de sanciones y significaron el 51% del total en lo que va del año con 1.549.000 pesos. Esta normativa establece controles de obligatoriedad de exhibición de precios, de control de diferencia de precios entre góndola y caja, del contenido neto de los productos y de publicidad engañosa.
 
En materia de Defensa del Consumidor (Ley 24.240), la penalidad económica llegó a 535.550 pesos  y representó el 17% del total. Esta norma tiene por objeto la protección al consumidor o usuario, es decir todas aquellas personas que contratan un bien o servicio para su consumo final, en tanto que por violaciones a la Ley 19.511 de Metrología Legal (que establece penalizaciones por infracciones detectadas en los controles de pesos y medidas realizados en instrumentos de medición como balanzas y surtidores) se multó a comercios por 64.100 pesos.
 
Las multas
 
Una vez que se determina la aplicación de una multa por no respetar la Ley de Lealtad Comercial y la de Metrología Legal (encargada de verificar pesos y medidas),  se notifica al infractor quien tiene un plazo de 10 días hábiles para abonarla o apelarla. Si es apelada interviene la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata, que puede confirmar la sanción totalmente, parcialmente o revocar la multa (por infracciones a las Leyes de Defensa del Consumidor y de Talles interviene el fuero Contencioso Administrativo). En caso de que no se abone, procede la Fiscalía de Estado para su ejecución fiscal.

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