El juez Armella ordenó trasladar una empresa y paró una obra en el Polo Petroquímico

El magistrado que entiende en la causa del saneamiento del Riachuelo dispuso desalojar una firma transportista que obstaculiza la construcción del camino de sirga. También suspendió preventivamente trabajos en un muelle de Dock Sud.

En el marco de los trabajos de saneamiento de la cuenca Matanza Riachuelo, el juez federal Luis Armella ordenó trasladar a la empresa Transportes Fluviales Jilguero S.A. para liberar los márgenes del río.

Según el magistrado, «con fecha 12 de julio del corriente año la Municipalidad de Avellaneda intimó por el término de 48 horas a la empresa Transportes Fluviales Jilguero S.A. con la finalidad de que proceda a retirar las instalaciones y/o construcciones ubicadas en calle Carlos Pellegrini Nº 1400 de la localidad de Dock Sud, partido de Avellaneda que contraría el ordenamiento legal vigente, toda vez que obstaculiza el camino de sirga, intimación que fuera efectuada bajo apercibimiento de radicar la denuncia ante la autoridad administrativa y/o judicial correspondiente. Circunstancia que hasta la fecha no ha sido modificada por la empresa».

Armella aseguró en su fallo que «si bien la propiedad privada y los derechos que de ella surgen deben ser respetados, no es menos cierto que el interés público perseguido por la ejecución de la sentencia dictada por el Máximo Tribunal, nos lleva a colocar en un pie de igualdad, ambos intereses – privado y público -, siendo este último la recomposición del ambiente, en especial de la Cuenca, como así también mejorar la calidad de vida de aquellos que habitan el lugar y la prevención de los daños».

Así, el allanamiento fue dispuesto para la liberación del camino de sirga.

Suspensión de obra en Dock Sud

Por otra parte, Armella ordenó la suspensión preventiva de la obra en ejecución en la ribera oeste del canal Dock Sud, consistente en la extensión de un muelle, en el Polo Petroquímico, donde se investiga la presunta infracción a la ley de desechos de residuos peligrosos 24.051.

Si bien el proyecto, denominado «Muelle para el sitio de Atraque N° 3 de la Primera Sección de la Margen oeste del canal Dock Sud», fue declarado ambientalmente apto, fueron tomadas muestras de líquidos y suelo existentes en en lugar, las que excedieron los parámetros establecidos por la ley y su decreto reglamentario.

Por tales motivos, se ordenó a la Universidad Tecnológica Nacional de Avellaneda la realización de pericias sobre las muestras obtenidas, con el objeto de determinar la presencia en ellas de metales pesados e hidrocarburos totales y su cuantificación.

«Ante las manifiestas irregularidades que el proyecto presenta y que fueron marcadas se procedió a la clausura preventiva del proyecto de reforma del puerto investigado en autos», indicaron desde el Juzgado Federal de Quilmes, en cumplimiento con lo ordenado por la Corte Suprema de Justicia en el fallo conocido como «Mendoza»

noticias relacionadas