Crean un registro de academias de conducir y exigen habilitación especial para funcionar

El gobierno de la Provincia creará el Registro Único de Escuelas de Conductores Particulares. Para funcionar, las empresas deberán inscribirse y obtener una habilitación especial. El jefe de Gabinete, Alberto Pérez, explicó que “esta disposición persigue el doble objetivo de regularizar la situación de las empresas que brindan el servicio de capacitación y el de asegurar una correcta formación y concientización en materia de seguridad vial”.

De acuerdo a lo establecido en las disposiciones 11/10 y 12/10 firmadas por el titular de la Dirección Provincial de Política y Seguridad Vial de la Provincia, Emiliano Baloira, queda constituido el Registro Único de Escuelas de Conductores Particulares en la órbita de dicho organismo y su reglamentación.

Las academias de manejo deberán inscribirse en este Registro en un plazo no mayor a 60 días de la publicación en el Boletín Oficial. La norma establece también los contenidos mínimos en torno a la seguridad vial a dictarse en los cursos de manejo.

El jefe de Gabinete, Alberto Pérez, explicó que “esta disposición persigue el doble objetivo de regularizar la situación de las empresas que brindan el servicio de capacitación y el de asegurar una correcta formación y concientización en materia de seguridad vial a la persona que recurre a estos centros para aprender a conducir”.

Baloira sostuvo que “con esta disposición, el gobierno provincial cumple con lo establecido en el art. 6 de la Ley 13.927 que prevé el registro de las Escuelas de Conductores y permite asegurar los requisitos esenciales de idoneidad de los instructores y avanzar en la uniformidad de los cursos”.

Las empresas que se registren deberán asegurar el correcto estado y funcionamiento de los vehículos utilizados para la instrucción, las condiciones de seguridad para alumnos y terceros como así también, acreditar que sus capacitadotes no tienen antecedentes penales ni de tránsito para brindar los cursos.

De esta manera, el gobierno de la Provincia, expedirá a la empresa registrada un certificado para ser exhibido en el local, al tiempo que emitirá una credencial de matriculación, con medidas de seguridad, a los instructores que brinden los cursos en las academias inscriptas.

Hasta esta disposición, los centros de instrucción de manejo sólo debían cumplir con los requerimientos exigidos para una habilitación municipal sin distinción con comercios de otra actividad. A partir de ahora, se unifican los contenidos mínimos de los cursos, asegurando la formación de quien los toma, y a la vez, se reconoce a la empresa como prestadora de un servicio esencial en materia de seguridad vial.

Dichos contenidos incluyen ejes como educación y ética ciudadana, conducción, señalamiento y legislación, detección de fallas de los elementos de seguridad del vehículo y de las funciones del equipamiento e instrumental.

La norma, estable además que los establecimientos se inscribirán por un única vez, mientras que los instructores que brinden servicios en ellos, recibirán una matrícula profesional con una vigencia de hasta dos años.

Por otra parte, el registro exigirá a la empresa una flota de vehículos acorde con las categorías para las cuales ofrezca cursos de manejo y, en todos los casos, contar con doble comando y/o sistemas de seguridad adecuados.

El gobierno provincial, informó además, que los requisitos para la inscripción de las academias y las solicitudes de matriculación de los instructores, serán publicadas en la página www.gob.gba.gov.ar para ser descargadas de cualquier ciudad, mientras que la inscripción deberá realizarse personalmente en la Mesa de Entradas de la Dirección Provincial de Política y Seguridad Vial de la Ciudad de La Plata.

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