Basta de claudicaciones

Escribe: Juan Manuel Casella.

La información periodística y los trascendidos partidarios indican que la Mesa Directiva del Comité Nacional de la UCR se reunirá hoy con el propósito de decretar la intervención a la Convención Provincial del radicalismo de Santa Fe. Por esa vía, buscará desconocer la decisión adoptada por ese cuerpo provincial, en el sentido de mantener en la Provincia la integración radical al Frente Cívico y Social y permitir que al mismo tiempo, en el orden nacional, tenga vigencia la posibilidad de votar las listas nacionales de “Cambiemos”.

La intervención que se anuncia será arbitraria, políticamente improcedente e ilegal, a partir de las siguientes razones:

1.- El Frente Cívico y Social de la Provincia de Santa Fe integrado por la UCR, es preexistente a la creación de “Cambiemos”.

Existe desde el 2007, año en la que ganó la elección la fórmula que compitió con esa denominación, integrada por la afiliada radical Tessio en calidad de vicegobernadora.

2.- La Convención Nacional reunida en Gualeguaychú, que aprobó la integración del radicalismo en “Cambiemos” en el orden nacional, reconoció la existencia de realidades provinciales particulares, cuya vigencia legitimó: fueron aplicaciones concretas de ese criterio, la continuidad del Frente Cívico y Social en Santa Fe, la integración del massismo en la Provincia de Jujuy y la inexistencia de “Cambiemos” en la Capital Federal.

3.- La Convención Nacional reunida en La Plata el 3 de Abril de 2017, ratificó esa decisión cuando, al referirse a la elecciones provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y municipales, decidió que los acuerdos electorales “…deberán contemplar las condiciones políticas locales”.

En el primer apartado del artículo segundo de esa misma resolución, la Convención dispuso que “Los acuerdos políticos distritales deberán potenciar la competitividad de la Unión Cívica Radical en todas las categorías de cargos y jurisdicciones”.

4.- El Comité Nacional –y aún más su Mesa Directiva por si sola- carecen de facultades para decidir la actitud que debe asumir el partido en el orden provincial, porque esa decisión es facultad exclusiva de los organismos partidarios provinciales, a partir de la histórica conformación federal de la UCR, confirmada por el inciso i) del art. 8 de la Carta Orgánica Nacional, que habilita a decretar la intervención de un distrito provincial, cuando “…las autoridades locales desconozcan o no cumplan las resoluciones de los órganos centrales en materias de competencia nacional…”

5.- El argumento formal en el que pretendería fundamentarse esa intervención, consistiría en que el mandato de los convencionales provinciales que resolvieron la continuidad de la UCR santafecina en el Frente Cívico y Social en el orden provincial, se encontraría vencido. Aún en caso de que esa afirmación fuese cierta, estarían vigentes todas las decisiones adoptadas en las jurisdicciones nacional y provincial, desde el 2007, incluyendo las Convenciones nacionales de Gualeguaychú y La Plata, ratificadas en los hechos por la posición de la inmensa mayoría de los dirigentes y representantes del radicalismo santafecino. La presunta decisión intervencionista solo busca disciplinar y subordinar al radicalismo, desconociendo las realidades provinciales e imponiendo un criterio que, también en ese campo, resigna la identidad y la autonomía partidarias.

Sea cual fuese la decisión final de quienes controlan de hecho al partido, seguiremos denunciando la claudicación y afirmando con convicción y energía la existencia misma, los valores y los principios permanentes de la UCR.

13 de Febrero de 2019

Juan Manuel Casella

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