Rige en la provincia de Buenos Aires el impuesto a la transmisión gratuita de bienes

Arba reglamentó el tributo que grava, en territorio bonaerense, el enriquecimiento que los ciudadanos alcancen en virtud de toda transmisión de bienes a título gratuito, que se obtenga a través de herencias, legados y donaciones, entre otros mecanismos. Para hacer efectiva su obligación tributaria, los beneficiarios de la herencia deberán tramitar una declaración jurada por internet, desde www.arba.gov.ar.

El director de la Agencia de Recaudación, Lic. Martín Di Bella, aseguró que se trata de un impuesto “de clara raíz progresiva, que se rige por criterios de equidad”. Los recursos que genere el tributo serán destinados a la educación provincial y a los municipios.

La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires reglamentó el Impuesto a la Transmisión Gratuita de Bienes que abarca a aquellas personas que sean beneficiarias de un incremento patrimonial obtenido a título gratuito, a partir de las herencias, legados y donaciones que pudiesen recibir. De acuerdo a lo establecido por la Legislatura provincial, a instancias del proyecto impulsado por el equipo económico que conduce el ministro Alejandro Arlía, el piso a partir del cual los beneficiarios de la herencia comenzarán a pagar el tributo fue fijado en $200 mil por heredero, cuando se trate de personas con vínculo directo, como padres, hijos y cónyuge. En cambio, ese piso será de $50 mil, tomando en cuenta el monto total del enriquecimiento patrimonial que le corresponde a cada heredero, cuando involucre a personas con un parentesco más lejano.

Cabe destacar que, de acuerdo a lo que prevé la distribución del Impuesto a la Transmisión Gratuita de Bienes, un 80% de los recursos que genere tendrá como destino el Fondo Provincial de Educación; un 10% se destinará al Fondo para el Fortalecimiento de Recursos Municipales; mientras que el 10% restante irá al Fondo Municipal de Inclusión Social.

Al referirse a la aplicación del tributo, el titular de Arba, Lic. Martín Di Bella, explicó que “se trata de un impuesto de clara raíz progresiva, que se rige por criterios de equidad impositiva y apunta a quienes evidencian un incremento patrimonial que está originado en una herencia o donación, haciendo explícita su capacidad contributiva”.

Di Bella sostuvo que, “siguiendo los lineamientos del gobernador Daniel Scioli, en Arba trabajamos para fortalecer el sesgo de equidad y justicia de los impuestos provinciales”. En ese sentido, puntualizó que “la Provincia, entre otras exenciones, decidió liberar del pago del tributo a la transmisión gratuita de bienes a quienes hereden una propiedad valuada en hasta $100 mil que sea destinada a residencia única familiar. En contrapartida, se resolvió gravar con énfasis a las grandes herencias, con alícuotas que crecen a medida que se incrementa el patrimonio heredado y, del mismo modo, que aumentan cuanto más se aleja el grado de parentesco del heredero”.

De aquí en más, todos los ciudadanos que sean beneficiarios de un incremento patrimonial obtenido a título gratuito deberán realizar una declaración jurada en la web de Arba: www.arba.gov.ar

Al respecto, el gerente general de Recaudación de Arba, Hernán García Zúñiga, explicó que “el trámite será simple y se desarrollará en forma completa desde internet, y requerirá que el beneficiario de la herencia utilice cualquiera de las claves de identificación tributaria asociadas a su CUIT, CUIL o CDI. En caso de que la persona no posea esa clave, podrá obtenerla en la propia web de la Agencia o en cualquiera de los Centros de Servicio”.

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