Oficializan la prórroga del plazo para el pago del segundo anticipo de Bienes Personales

Así lo dispuso la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) en su resolución general 3923, publicada hoy en el Boletín Oficial.

El vencimiento original estaba fijado para el 16 de agosto próximo.

 

“A partir de esta nueva facilidad que ofrece la AFIP, los ciudadanos que hayan cumplido con el impuesto a los Bienes Personales tienen más tiempo para solicitar el beneficio de la exención y de ese modo no ingresar el anticipo correspondiente y los siguientes”, había informado el organismo días atrás en un comunicado.

 

La norma fue adoptada para que los contribuyentes puedan adherir a los beneficios previstos en la Ley 27.260 para los contribuyentes cumplidores, entre ellos, la exención del impuesto sobre los bienes personales por los períodos fiscales 2016, 2017 y 2018; y la incorporación de, entre otros aspectos, un mínimo no imponible y cambiando las alícuotas.

 

Por estas modificaciones, precisa la norma, los anticipos que se ingresen por el período fiscal 2016 podrían eventualmente exceder la obligación de dicho período, en cuyo supuesto los contribuyentes podrán aplicar el Régimen Opcional de Anticipos (reducción de anticipos).

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