Multan a comercios por incumplir la Ley de Talles

En los primeros 4 meses del año se aplicaron multas por casi 450 mil pesos.

El ministerio de la Producción aplicó en lo que va del año multas por casi 450 mil pesos a comercios que infringieron la Ley de Talles, lo que equivale a un crecimiento del orden del 170% con respecto al mismo período del año pasado. Entre enero y abril de 2011, el total de multas aplicadas a comercios fue de alrededor de 1,3 millones entre las que se incluyen también sanciones por no exhibición de precios, cobro diferenciado del precio publicado en las góndolas y publicidad engañosa.

Según explicó el ministro de la Producción, Martín Ferré, “la única manera de procurar que el sistema productivo de la Provincia crezca y se potencie es generar un sólido vínculo de transparencia en la relación entre el empresario y el consumidor. Por esto, el gobernador Daniel Scioli ha fijado como una de las pautas de trabajo la puesta en marcha de acciones que defiendan a los consumidores ante condiciones desfavorables y se genere conciencia en los comerciantes de la importancia de mantener un lazo de transparencia y confianza necesario para el fortalecimiento de la producción”.

En efecto, en lo que va del año la Provincia aplicó multas por 1.244.550 pesos. De ese total, el 35% (445.950 pesos) correspondió a sanciones aplicadas a comercios que violaron la Ley 12.665 o Ley de Talles. Entre las infracciones detectadas por la aplicación de esta normativa se encuentran la falta de marcación numérica en las prendas (la ley ordena ubicar los talles del 38 al 48), del pictograma que indica a qué medida corporal corresponde cada una de ellas y de stock correspondiente a todos los talles.

Con respecto al mismo período del año pasado las multas aplicadas casi se incrementaron en un 170% ya que en 2010 se había sancionado por 165.500 pesos.

Las multas por violaciones a la Ley de Lealtad Comercial significaron el 45% del total en lo que va del año. Esta normativa establece controles de obligatoriedad de exhibición de precios, de control de diferencia de precios entre góndola y caja, del contenido neto de los productos y de publicidad engañosa

En materia de Defensa del Consumidor (Ley 24.240), la penalidad económica llegó a 201.500 y representó el 16% del total. Esta norma tiene por objeto la protección al consumidor o usuario, es decir todas aquellas personas que contratan un bien o servicio para su consumo final en tanto que por violaciones a la Ley 19.511 de Metrología Legal (que establece penalizaciones por infracciones detectadas en los controles de pesos y medidas realizados en instrumentos de medición como balanzas y surtidores) se multó por 34.500 pesos.

Las multas
En el caso de multas por no respetar la Ley de Lealtad Comercial y la de Metrología Legal (encargada de verificar pesos y medidas), una vez aplicada es notificada al infractor quien tiene un plazo de 10 días hábiles para abonarla o apelarla. Si es apelada interviene la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata, que puede confirmar la sanción totalmente, parcialmente o revocar la multa (por infracciones las Leyes de Defensa del Consumidor y Talles interviene el fuero Contencioso Administrativo). En caso de que no se abone, procede la Fiscalía de Estado para su ejecución fiscal.

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