Más de 1 millón de empleadas domésticas quedan afuera del blanqueo laboral

Se trata del sector de mayor nivel de informalidad laboral del país. El decreto reglamentario del plan para regularizar trabajadores los dejó afuera.

 

Un total de 1,2 millones de empleadas y empleados domésticos que están en la informalidad quedarán afuera del blanqueo laboral que el Gobierno puso en marcha la semana pasada.

 

Así lo denunciaron abogados laboralistas y referentes del sector quienes salieron a cuestionar la decisión del gobierno. Se estima que en ese sector participan 1,7 millones de personas de las cuales solo 500.000 están debidamente registradas.

 

Carlos Brassesco, apoderado de la Unión del Personal Auxiliar de Casas Particulares (Upacp), expresó su preocupación ante esta supresión, al afirmar que el decreto “incorpora esa exclusión que no figura en la ley, dejando fuera de la posibilidad de regularización laboral al sector más afectado por la informalidad”.

Brassesco había sido invitado por el Senado en oportunidad del debate de la Ley Bases, donde se incorporó el blanqueo laboral, de modo que la ley contemplaba al sector. La ley que regula la actividad es la 26.844 que data del 2013. Más del 70% de las empleadas están en negro, y el 97% son mujeres.

El gobierno nacional había incluido en el DNU 70, cuyo capitulo laboral fue anulado por un fallo judicial, un punto para derogar el articulo 50 de la ley de empleo doméstico, que estipula la indemnización agravada en caso de registración deficiente o falta de registración.

El Decreto 847/2024, aunque permite la regularización de relaciones laborales no registradas o deficientemente registradas hasta el 31 de julio de 2024, no ofrece soluciones para el personal doméstico. La normativa también extiende beneficios como la condonación de infracciones y la deuda por capital e intereses, pero nuevamente deja a este sector sin las herramientas necesarias para alcanzar la formalización.

Los trabajadores que logren ser regularizados recibirán un reconocimiento limitado, solo hasta 60 meses de servicios con aportes, calculados en base al salario mínimo vital y móvil (SMVM), lo que no se considerará para el cálculo del haber previsional.

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