Manteros de la calle Florida resistieron el desalojo por parte de inspectores de la Ciudad

Vendedores ambulantes de la calle Florida evitaron ser desalojados por inspectores del Ministerio de Espacio Público del Gobierno de la Ciudad tras discusiones verbales que se presentaron durante el operativo y que derivaron en el retiro de los funcionarios del lugar.

El operativo de desalojo comenzó de improvisto en Florida y Corrientes y logró desalojar los primeros puestos hasta que el número de manteros superó al de los inspectores y comenzaron a resistirse a levantar sus puestos del lugar.

“El operativo es contra de la venta ilegal y el cumplimiento de la ley 25764”, señaló uno de los funcionarios de Espacio Público quien agregó que los artesanos “serán reubicados en la plaza Roberto Arlt”.

Por su parte, un joven que tenía la remera del Movimiento Social Francisco Jofré de Vendedores de la Ciudad Libres e Independientes, la agrupación de artesanos y comerciantes ambulantes, señaló que “más allá del personal identificado había personas de civil que nos empujaban”.

La ordenanza 25764 prohíbe la venta ambulante de cualquier tipo de mercadería en la calle Florida, independientemente de que se traten o no de artesanías.

En diciembre la Legislatura porteña aprobó la modificación del artículo 83 del Código de Contravenciones, donde se contemplaban los casos de excepciones de aplicar penas a quienes realizarán actividades lucrativas en el espacio público.

Anteriormente, el Código permitía la venta “de baratijas o artículos similares, artesanías y, en general, la venta de mera subsistencia que no impliquen una competencia desleal efectiva para con el comercio establecido”.

De aquí en más y según el texto aprobado, “no se podrá ejercer la venta en la vía pública” con sanciones de hasta 1000 pesos a quienes no cumplan con la reglamentación y de hasta 60.000 pesos a los que realicen las actividades lucrativas en “volúmenes y modalidades similares a las de un comercio establecido”.

Sin embargo, advierte que “no constituye una contravención la venta ambulatoria en la vía pública o en transportes públicos de baratijas o artesanías, y en general la venta que no implique una competencia desleal con el comercio establecido”.

También, quedan fuera de las penas “los artistas callejeros, en la medida que no exijan contraprestación pecuniaria”.

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