La Corte confirmó la anulación de la personería gremial a los “metrodelegados”

El fallo se fundamenta en que no se había dado lugar a la defensa de la UTA, que era la única entidad sindical que tenía esa personería.

La Corte Suprema de Justicia dejó firme el fallo que declaró la nulidad de la personería gremial a los “metrodelegados”, otorgada en noviembre de 2015 por una resolución del entonces ministro de Trabajo, Carlos Tomada, decisión que provocó la reacción de los gremialistas, quienes adelantaron que “no nos vamos a quedar callados”.

El fallo que anuló la personería gremial a la Asociación Gremial de Trabajadores del Subterráneo y Premetro (Agtsyp, “metrodelegados”), lleva la firma de los jueces de la Corte Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda, Carlos Rosenkrantz y Horacio Rosatti.

La decisión se fundamenta en que no se había dado lugar a la defensa de la Unión Tranviarios Automotor (UTA), que era la única entidad sindical que tenía esa personería.

Cuando el trámite administrativo para obtener la personería había avanzado, la UTA denunció que no se había cumplido debidamente con el procedimiento establecido en la ley 23.551 de asociaciones sindicales y no se le había dado la participación necesaria.

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