El Sindicato Barraquero convoca a elecciones 

Se llevara a cabo el martes 6 de abril en la sede sindical central sita en Ameghino 1066 de Avellaneda y en establecimientos de más de 20 trabajadores: El Galgo SA. Lanera Del Plata S.A. y Bambin S.A.

SINDICATO DE LAS BARRACAS DE LANAS, CUEROS, CERDAS,

PINCELES, LAVADEROS DE LANAS Y PEINADURIAS

CONVOCATORIA A ELECCIONES DE RENOVACIÓN

DE LA COMISION DIRECTIVA

PERIODO 2021-2025

 

La Comisión Directiva del SINDICATO DE LAS BARRACAS DE LANAS, CUEROS, CERDAS, PINCELES, LAVADEROS DE LANAS Y PEINADURIAS, de conformidad con lo dispuesto  en el Artículo 53 del Estatuto convoca a elecciones para la renovación de la Comisión Directiva, la misma se llevara a cabo el día 6 de Abril de 2021 en los siguientes lugares y horarios:

 

  • SEDE SINDICAL CENTRAL: Florentino Ameghino 1066 Avellaneda de 8.00 a l8.00 horas.

 

  • ESTABLECIMIENTOS CON MAS DE 20 TRABAJADORES: El Galgo SA. Lanera Del Plata S.A. y Bambin S.A.

 

La Junta Electoral (Art. 54 del Estatuto) está integrada por los compañeros: Presidente: Rubén Darío Aguirre, Vocal 1º: Nahuel Alejandro Silveti y Vocal 2º: Ricardo Walter Kersul y que cumplirá sus funciones a partir del día 8 de Febrero de 2021, en la sede sindical de Lunes a Viernes  de 16.00 a 18.00 horas.

 

La elección se realizará en día hábil  y por voto secreto y directo de todos los asociados no afectados por las inhabilitaciones de ley o estatutarias, siempre que tengan una antigüedad no menor a seis meses al cierre del empadronamiento, salvo en el caso del artículo 6 del D.R.

 

Los padrones generales y por establecimiento serán exhibidos en la Sede Central para su consulta de Lunes a Viernes en el horario de 16.00 a 18.00 horas.

 

Artículo 58º: Las listas de candidatos deberán ser presentadas por triplicado dentro de los 10 (diez) días contados a partir de la fecha de publicación de la convocatoria a la Junta Electoral Central y apoyada como mínimo por el 3 % del padrón con más de un año Antigüedad, las firmas deberán ser certificadas por escribano público;  al efectuar la adjudicación de colores, numero u otras diferenciaciones a las listas intervinientes, se deberá tener en cuenta la agrupación  que la hubiere utilizado en años anteriores.   Artículo 59º: Si la lista o algún candidato son observados por la Junta Electoral, se dará vista de la observación al apoderado de la misma por el término de 3 días corridos, para su ratificación o rectificación.  Las listas aprobadas serán exhibidas en la sede de la entidad a partir de la fecha de su aprobación y hasta el día de la elección.

 

Artículo 60º: Hasta 5 días antes del acto eleccionario los apoderados de cada lista elevaran, si lo creyeren conveniente, la nómina de los fiscales de cada mesa que por turno ocuparán el puesto, como así mismo con 10 días de anticipación la Junta Electoral indicara el número de mesa que constituirán con la nómina de quienes la presidirán.  En el acto comicial la junta electoral deberá designar Presidente de mesa, no pudiendo estos en ningún caso ser  miembros de Comisión Directiva  o integrantes de la lista, los jubilados tendrán mesa propia. Artículo 61º: El afiliado en el acto de emitir su voto deberá acreditar su identidad  y suscribir una planilla como constancia.  Depositara   su voto personalmente  en urnas selladas y lacradas, debiendo al efecto colocarlo en un sobre que se le entregara firmado por el Presidente  y los fiscales que deseen hacerlo.  Deberán instalarse tantos  cuartos oscuros como mesas receptoras existan siendo obligatorio su  uso.  Artículo 62º: deberá efectuarse por los respectivos presidentes de mesa  en presencia de los fiscales que concurran un escrutinio provisorio que se hará en la mesa electoral, inmediatamente después de clausurado el comicio labrándose un acta de resultado que firmará el Presidente y los fiscales existentes.  En los establecimientos se hará un escrutinio provisorio al finalizar el cómico y se remitirá a la Junta Electoral Central, acto al que tendrán derecho a asistir representantes de las agrupaciones participantes.  Artículo 64º: Resultarán electos los miembros de Comisión Directiva cuya lista tenga mayor número de votantes en el acto eleccionario y serán puestos en sus cargos por la Junta Electoral.

 

Los cargos que se renuevan de la Comisión Directiva serán los siguientes: Secretario General, Secretario Adjunto, Secretario Gremial, Secretario de Actas Tesorero, Pro tesorero, Secretario Administrativo, cuatro (4) Vocales Titulares, cuatro (4) Vocales Suplentes, tres (3) Miembros revisores de Cuentas.                                                                                                          26/11/2020

JOSÉ ALBERTO KERSUL                                            HÉCTOR FRANCISCO DE LEÓN

       SECRETARIO ADJUNTO                                                  SECRETARIO GENERAL

                                                                                           

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