Cromañón: los condenados, en libertad hasta que el fallo quede firme ante la Corte Suprema

Omar Chabán, ex miembros de Callejeros y demás condenados por la tragedia seguirán en libertad, según resolvió la Cámara Federal de Casación al rechazar un pedido de detención de la fiscalía.

La decisión fue de la sala III del máximo tribunal penal del país, con la cual todos seguirán libres hasta que el fallo quede firme ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, informaron fuentes judiciales.

El fiscal Raúl Plée había reclamado el viernes la “inmediata” detención de los 14 procesados, luego de que Casación elevó todas las penas fijadas por el Tribunal Oral Criminal (TOC) 24 y las convirtió en condenas de cumplimiento efectivo.

Pero los camaristas Mariano Borinsky, Liliana Catucci y Eduardo Riggi desestimaron el planteo y derivaron al TOC 24 la decisión de, eventualmente, prohibir la salida del país a quienes todavía no tienen esa restricción; los ex músicos de Callejeros.

Chabán fue condenado a 10 años y 9 meses de prisión y por la mañana se había presentado ante el Tribunal Oral para ponerse a disposición si la Cámara de Casación hacía lugar al planteo fiscal, algo que no ocurrió.

Paralelamente su defensa presentó un recurso extraordinario para llegar a la Corte Suprema en un intento por revisar esa condena, algo que ya hizo la fiscalía de Plee pero para obtener un cambio de carátula de “incendio culposo” a “doloso”, lo que abriría las puertas a penas aún más duras.

Si los recursos no prosperan en el máximo tribunal del país, las penas quedarán firmes y todos los condenados deberán ir a prisión.

Los camaristas consideraron que Chabán fue “el personaje de mayor responsabilidad en este crimen”, por lo que le aplicaron la pena más dura por el delito de “incendio culposo seguido de muerte y cohecho activo”, que prevé un máximo de 11 años.

“La arbitrariedad de la culpa temeraria con la que obró Chabán, con conocimiento de todos los factores de riesgo; el lucro que guiaba su accionar; su experiencia en la realización de este tipo de eventos; el claro menosprecio por la vida humana demostrado en su actitud posterior al hecho -se retiró sin brindar ayuda alguna-; como asimismo el inconmensurable daño causado hacia las personas que concurrieron a su local, lo ubican en el máximo de la escala penal aplicable”, remarcó el fallo.

En cuanto a los ex Callejeros, los jueces consideraron que si bien hubo “matices” en su responsabilidad, fueron “mínimos” y no justificaban aplicar penas altas a algunos e “irrisorias” a otros.

En el caso de Patricio Fontanet, se entendió que “sin equiparar su situación con la de Chabán, es la más grave de todos los miembros de la banda musical” y por eso se le subió de cinco a siete años la pena.

Al ex baterista de Callejeros, Eduardo Vázquez, quien actualmente está preso por el crimen de su esposa Wanda Taddei, los camaristas le impusieron seis años de cárcel, es decir dos más que los que le había fijado el TOC 24.

Para el saxofonista Juan Alberto Carbone y para el bajista Cristian Torrejón, quienes habían sido condenados por el tribunal a 3 años de prisión en suspenso, los camaristas aumentaron sus penas a cinco años de cárcel.

En el caso de los guitarristas Maximiliano Djerfy y Elio Delgado, quienes debían cumplir una pena de dos años y seis meses de prisión en suspenso, la cámara la aumentó a cinco años.

Finalmente, el escenógrafo Daniel Cardell, quien había sido condenado a dos años de cárcel en suspenso, ahora recibió tres.

El tribunal confirmó las penas a los ex funcionarios porteños Fabiana Fizbin (4 años), Ana María Fernández (tres y medio) y Gustavo Torres (tres y 9 meses) y subió de seis a ocho años de cárcel la impuesta al ex subcomisario Carlos Díaz.

Además, confirmó cinco años al ex manager Diego Argarañaz y al ex “mano derecha” de Chabán, Raúl Villarreal, a seis.

Sobre la ex funcionaria Fiszbin, los camaristas entendieron que debe cumplir los cuatro años fijados por el tribunal por la “evidente culpa grave que evidencia la actuación de la imputada en todo el año 2004, su posición jerárquica y su conocimiento certero” de lo que ocurría en el boliche.

Respecto al subcomisario Díaz, los jueces señalaron que “bastaba una sola orden” suya “para que se activen los mecanismos institucionales para proceder a la clausura de Cromañón”.

“Sin embargo, guiado por el cobro de sobornos, omitió denunciar el local y permitió que siguiera funcionando durante varios meses”, concluyeron al subir su pena.

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