Por Resolución 86/2016, publicada hoy lunes en el Boletín Oficial, con la firma del ministro de Justicia y Derechos Humanos, Germán Garavano, precisa que en adelante podrá destinarse a condenados o procesados por la justicia nacional, federal o provincial.
Deja establecido que el Ministerio de Justicia pondrá a disposición de la provincia que lo requiera tanto el mecanismo de monitoreo electrónico como la capacitación de los operadores responsables de llevar a cabo su implementación.
En tales casos, quedará a cargo de cada provincia la facilitación de los recursos necesarios para llevar adelante la realización del informe de viabilidad, atender las cuestiones operativas vinculadas con la colocación y/o desconexión del dispositivo, y brindar la asistencia psicosocial prevista como responsabilidad primaria del Programa.
En los fundamentos expresa que el Programa se ha constituido como una herramienta fundamental para mejorar la vida de las personas que cumplen una medida restrictiva de la libertad bajo vigilancia electrónica, mitigando el impacto negativo de la privación de la libertad y promoviendo una mayor integración de las personas afectadas con su núcleo familiar y la comunidad.
