Abogados jubilados rechazan propuestas del Poder Ejecutivo

Comunicado de la Mesa Ejecutiva de la Asociación de Jubilados y Pensionados de la Caja de Previsión Social para Abogados de la Provincia de Buenos Aires.

El sistema previsional profesional de los Abogados en la Provincia de Buenos Aires, es desde el año 1947, un ejemplo de autogestión privada de derechos constitucionales esenciales, en grado de alta eficiencia. En años posteriores a 1947, otras profesiones universitarias, en nuestra Provincia han replicado el modelo de los Abogados y hoy están reconocidos por la misma Constitución Provincial así como la Nacional.

Sin embargo, el proyecto de ley presentado por el P.E.N. al H. Congreso Nacional como “Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos”, contiene en germen la potencialidad de afectar gravemente estas instituciones.

Con inextricables justificaciones, que se contradicen en el propio texto de sus considerandos, se propone el PEN establecer una suerte de divorcio administrativo y una especie de trámite sucesorio en manos de la corporación escribanil.

Señalamos que el proyecto es contradictorio, pues con la excusa de “abaratar” los procesos judiciales sucesorios, los entrega a las ávidas manos de la corporación de escribanos que los sumaría así –y no en forma gratuita o más económica- al detentado monopolio de funciones que tienen reservadas en todo el
territorio nacional sólo al número cerrado de sus selectos integrantes.

Por ello señalamos que el proyecto es contradictorio, cuando declara apuntar a “La protección de los habitantes y de su propiedad privada” mediante “la reconsideración de las funciones del Estado en los distintos sectores de la sociedad, procurando que las mismas se concentren en aquellos sectores
esenciales de la sociedad, siendo ejercidas de la manera más eficiente posible” (art. 2 textual) y además por el art. 352 establece que los cónyuges pueden concurrir a una oficina pública y asentar su deseo de separarse, con los mismos efectos que un divorcio decretado judicialmente.

Tanto en uno como en otro caso, se sustrae de una de las funciones esenciales del Estado (la Justicia) la protección de los derechos de las personas, dejándolos en manos en un caso (sucesiones) de un operador particular y en el otro (divorcio), de un empleado público.

Así no sólo se hace ilusoria la seguridad jurídica, sino que se omiten los aportes a nuestra Caja Previsional, debilitándola y convirtiéndola en presa fácil de empresarios que quieran asumir esa función social solidaria, para convertirla en un pingüe negocio privado.

Ambas aventuradas propuestas ya han sido reiteradamente desestimadas por el H. Congreso de la Nación antes de ahora y confiamos e instamos a las y los legisladoras y legisladores que mantengan ese criterio.

MESA EJECUTIVA
Asociación de Jubilados y Pensionados de la Caja de Previsión Social
para Abogados de la Provincia de Buenos Aires

 

 

noticias relacionadas