A partir de este martes, los colectivos viajarán sin cortinas y con una ocupación máxima del 60 por ciento 

Así lo dispuso el Gobierno nacional a través de una disposición publicada este lunes en el Boletín Oficial. Las nuevas medidas se suman a las disposiciones preventivas para evitar nuevos contagios de coronavirus

En el marco de las acciones preventivas para frenar el avance del coronavirus en el país, el Ministerio de Transporte reglamentó este lunes una serie de recaudos que deberán respetar los pasajeros que utilizan el transporte público durante la pandemia a partir de este martes

La resolución 107/2020 publicada hoy en el Boletín Oficial por la cartera conducida por Mario Meoni alcanza tanto a aquellas personas que prestan servicios declarados esenciales en el marco de la emergencia sanitaria como a quienes deben trasladarse hacia sus domicilios tras ser repatriados.

La medida incluye el uso obligatorio de cubre nariz, boca y mentón, una ocupación máxima del 60 por ciento de la capacidad y el retiro de las cortinas, visillos y demás elementos de tela capaces de retener el virus, a excepción de los utilizados en los tapizados de las butacas y los laterales de los vehículos.

A su vez, la normativa remarca que cada pasajero deberá portar el certificado de circulación que corresponda a su actividad conforme la normativa vigente, e indica que será obligatorio lo que “establezca al efecto el Comité de crisis de prevención Covid-19 para el transporte automotor”, creado por la Resolución N° 60 del Ministerio.

Cabe destacar que el Gobierno había estipulado anteriormente modificaciones en el uso de las unidades, como el cierre de la puerta de ingreso delantera, la cancelación de la primera fila de asientos y una frecuencia en el servicio de entre 10 y 15 minutos.

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