DECRETO Nº 5012. AVELLANEDA, 20 de Diciembre de 2013. visto el art. 99º de la Ordenanza Fiscal Nº 24997/2013 para el Ejercicio 2014 que se refiere a los requisitos que deben reunir las constancias de deuda emitidas por los organismos de aplicación para la iniciación de la Acción de Apremio y CONSIDERANDO: Que el artículo mencionado dispone que las constancias de deudas emitidas por los organismos de aplicación se harán en base a liquidaciones practicadas de acuerdo a las disposiciones de la Ordenanza Fiscal; Que las mismas serán certificadas por el Condador Municipal y firmadas por el funcionario del organismo de aplicación que fiscalice y administre el tributo respectivo no inferior a nivel de Director del escalafón municipal que el Departamento Ejecutivo faculte para ello. Que la simpre autorización de la Autoridad o los organismos de Aplicación dará comienzo a la confección de las constancias de deudas respectivas. que con el objeto de evitar la sobrecarga de tareas administrativas en la función del Intendente y facilitar el desenvolvimiento de aquellas atribuciones que se reservan al titular del Departamento Ejecutivo y en virtud de lo establecido por la Ley Orgánica de las Municipalidades, y lo dispuesto en el art. 99º de la Ordenanza Fiscal vigente. Por ello, INTENDENTE MUNICIPAL DECRETA: ARTICULO 1º: Facultase a partir del primer día hábil del año 2014, a la Secretaría de Hacienda y Administración y al Director General Tributario, a suscribir conjuntamente con el Contador Municipal las Constancias de Deudas emitidas por los organismos de aplicación en base a liquidaciones practicadas de acuerdo a las disposiciones de la Ordenanza Fiscal vigente para la iniciación de la Acción de Apremio. ARTICULO 2º: Comuníquese a la Subsecretaría de Recaudación, Dirección General Tributaria y a la Contaduría Municipal. Publíquese, Cumplido, Archívese. FIRMADO: Cdora. SUSANA B. GUTT. Secretaría de Hacienda y Administración. Ing. JORGE H. FERRARESI. INTENDENTE MUNICIPAL. MUNICIPALIDAD DE AVELLANEDA.
