La regulación de la Telefonía Móvil

El Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Buenos Aires realizó un trabajo sobre la Telefonía Móvil.

El Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Buenos Aires realizó un trabajo sobre «La regulación de la Telefonía Móvil».

El desarrollo de la telefonía móvil en el mundo y en Argentina, es un argumento suficiente para fundamentar su importancia, aún cuando sus efectos van mucho más allá de la mera referencia cuantitativa.

En Argentina, el crecimiento de las conexiones 2003-2010 ha sido vertiginoso. A una tasa de casi el 30 % anual acumulativo hizo posible que ya, en el año 2007, el número de líneas superara el de los habitantes.

Todos los avances tecnológicos apuntan hacia una mayor importancia de la telefonía móvil y efectos más profundos en la transformación de las pautas culturales de la sociedad.

El impacto de estos cambios sobre las pautas culturales de la sociedad aún no puede evaluarse. Un ejemplo de lo que intentamos expresar es la combinación de celulares y redes sociales convertida en un actor de primera magnitud en los movimientos de pro-testa que abarcan el mundo entero.

El mercado de la telefonía móvil tiene su origen en las características que asumió el proceso de privatización de la telefonía fija en Argentina, las decisiones posteriores y sus efectos.

Estos elementos contribuyeron a que un pequeño grupo de empresas pudiera man-tener un elevado poder de mercado. Mas aún, con este cuadro de situación fue posible que las empresas “compitieran” consigo mismas. Y lo que hicieron fue obvio: incentivar el desarrollo de la telefonía móvil con precios liberados y boicotearon el desarrollo de la telefonía fija con precios controlados y congelados desde la crisis del 2002.

La combinación de la complejidad tecnológica del servicio, la ausencia de regula-ciones, las políticas de privatización y la falta de controles ha generado problemas económicos y tecnológicos muy serios que pueden resumirse en ausencia de equidad, de competencia y asimetría de la información.

Los problemas específicos son
1. Existencia de oligopolio en telefonía móvil
2. Alto nivel de precio
3.1. Transparencia de las ofertas
3.2. Brechas según modalidad de pago
3.3. Desaparición de categorías en la estructura tarifaria
3.4. Unidad de medida
Todas estas deformaciones de la estructura tarifaria implican subsidios cruzados que definen las empresas para coadyuvar a elevar su tasa de ganancia y no para cubrir obje-tivos sectoriales, regionales y sociales que subyacen en una regulación.

Frente a estos problemas el debate está servido. ¿Debe o no existir una regulación que impida estas situaciones absurdas?

El debate en el que participan organizaciones de consumidores y miembros del Congreso a través de proyectos específicos, y las respuestas de las empresas, nos lleva a una conclusión: la cuestión de fondo radica en la justificación de la regulación ya que su orientación definirá su contenido. Por otra parte, si no es correcta, su resultado será in-verso al que se pretende ya que facilitará a las empresas proveedoras del servicio recu-rrir a amparos judiciales y evitar su aplicación efectiva.

En un sistema capitalista, la regulación de una actividad por parte del Estado debe estar claramente identificada y justificada. Este tema, a nivel académico, ha sido pre-ocupación de la temática de las “finanzas públicas” y que actualmente, tiende cada vez más a identificarse como la “economía del sector público”.

Los textos que tratan el tema y utilizados como bibliografía en las universidades más prestigiosas del mundo explican las justificaciones por las cuales el estado puede y debe intervenir en los mercados.

Nos referimos dos autores estadounidenses: Joseph Stiglitz (La Economía del Sec-tor Público, Ed. Bosch) y Richard y Peggy Musgrave, (“Hacienda Pública-Teórica y Aplicada”, Ed. Mc Graw Hill). Estos, coinciden en la existencia de dos grandes áreas de justificaciones: las “fallas de mercado” y la equidad. En la primera de las áreas existe toda una gama de disfunciones. Su tipología cubre: bienes públicos, externalidades, monopolio natural e información imperfecta.

Es cierto que en el caso de la telefonía móvil no se trata de un monopolio natural. Pero ésta no es la única justificación para regular. No será por vía de declararlo un “ser-vicio público”, pero deberá ser una regulación específica a partir de las problemáticas que crea: ausencia de competencia, falta de equidad y asimetría en la información.

Competencia pues usufructúan de su posición oligopólica, equidad pues introducen distorsiones que afectan la estructura tarifaria, y asimetría de la información debido a que las formas de presentar las ofertas y la ausencia parcial de información, impiden racionalizar las decisiones del usuario. Y superar las graves falencias de este mercado sólo es posible por vía de una regulación adecuada al objeto.

No se trata de introducir un simulador de competencia sino garantizar la competen-cia y superar los problemas de equidad y asimetría de la información. Más que fijar el precio, se trata de instrumentar un mecanismo de severas sanciones al cártel de precios y a los subsidios cruzados derivados de la discriminación de precios de la estructura tarifaria, exigir la portabilidad numérica, transparentar las ofertas y la facturación para hacerlas comparables, utilizar unidades de medida adecuadas al tipo de servicio para evitar el redondeo, otorgar accesibilidad para discapacitados, normas de seguridad para limitar y detectar su uso para el delito, guía electrónica con derecho a figurar o no, tari-fas sociales, etc.

Además deberá ser una regulación “abierta”. Con esto queremos significar que debe estar sometida a una revisión periódica ya que la alucinante velocidad del avance tec-nológico en este tipo de actividad, generará nuevos problemas y hará desaparecer otros. Es el caso ya mencionado de la acelerada convergencia de los servicios digitalizados donde desparecen las fronteras entre la telecomunicación y la información, ya que cual-quier tipo de red (incluida la de electricidad y la de televisión) puede transmitir todo tipo de información.

Y puede hacerse sin necesidad de declarar a la telefonía móvil como servicio públi-co. Aunque esta alternativa pueda aparecer más “progresista” ya que permitiría un con-trol más completo, en la práctica, implica forzar los argumentos que a la manera de un “boomerang”, se volverá en contra de la pretensión de regulación pues será utilizada como justificación para no aplicarla.

Los interesados en recabar mayor información pueden dirigirse a la sede Avellaneda ubicada en Piaggio 42, teléfono 4201-7655/4222-3850 ó (0221) 422-5278 Interno 22.

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