La ANSES y la Corte Suprema de Justicia de la Nación acordaron la implementación del expedientes Judicial electrónico

Los titulares de derecho que vivan en el extranjero podrán acceder a la Reparación Histórica, siempre que su domicilio esté acreditado en la base de datos de la ANSES, mediante el expediente digital. 

A través de la Acordada 33/2016 firmada ayer por la CSJN (Corte Suprema de Justicia de la Nación), se implementará el expediente judicial electrónico, que será válido en todo el país, para la tramitación de los acuerdos de los titulares de beneficios previsionales comprendidos en ley de Reparación Histórica. En ese sentido, el máximo tribunal recordó que la ley 27.260, por la que se creó el Programa, exige para la celebración de esos acuerdos el «procedimiento informático» y su posterior homologación judicial y consideró por lo tanto «indispensable» dictar «normas mínimas» para el manejo del expediente electrónico.

 

Esto permitirá que los jubilados y pensionados residentes en el exterior del país puedan suscribirse a la Reparación Histórica siempre y cuando su domicilio esté ingresado en la base de datos del organismo previsional.

 

Al respecto, el Director Ejecutivo de la ANSES, Emilio Basavilbaso, enfatizó que «una vez más el organismo está cerca de la gente, simplificando los trámites y tomando decisiones que mejoran la calidad de vida de las personas, tanto para quienes residen en el país como para los argentinos que viven en el exterior».

 

Este acuerdo establece dos mecanismos:- Residentes en el extranjero con apoderado cuyo poder especial para Reparación Histórica fue extendido en el país: será válido el poder para que el apoderado suscriba el acuerdo en forma presencial en cualquier oficina de atención al público de la ANSES.- Residente en el extranjero: el jubilado o pensionado titular deberá asignar el abogado y aceptar los términos y condiciones a través de la página web ANSES/Mi ANSeS/Reparación Histórica ingresando con Clave de la Seguridad Social. Luego deberá firmar el convenio ante un funcionario del consulado, que tendrá que certificar la firma.En este último caso, el convenio será presentado en la ANSES por el abogado asignado por el jubilado o pensionado, quien lo suscribirá en forma presencial en la oficina del organismo.

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