Funciona con éxito en Avellaneda el registro «No quiero que me llamen»

Es el sistema que habilitó la Dirección de Defensa del Consumidor del municipio para que los vecinos puedan evitar los insistentes y reiterados llamados de empresas que utilizan el telemárketing para promocionar productos y servicios.

En septiembre del año pasado fue promulgada en Avellaneda la ordenanza 23.337, que creó en el ámbito de la Dirección de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial del municipio el registro «No quiero que me llamen», a fin de proteger a los usuarios de servicios telefónicos de promociones no deseadas y/o posibles abusos de contacto, publicidad y ventas a través del denominado telemarketing.

Como cada vez fueron más los municipios que empezaron a aplicar este tipo de medidas en sus repectivos territorios, fue implementada en la provincia de Buenos Aires la Ley 14.326, que se reglamentó en abril de este año.

El trámite es sencillo para los vecinos que quieran dejar de recibir ofrecimientos comerciales mediante llamados o mensajes. Deben acercarse a la Dirección de Defensa al Consumidor y Lealtad Comercial (Avenida Mitre 366 1° piso), de 8 a 14 horas, con una fotocopia de la factura del teléfono en el cual reciben las llamadas o los mensajes de texto, una fotocopia del DNI del titular del servicio y una autorización simple, en caso de que concurra un tercero.

En cuanto a la efectividad en el Municipio de Avellaneda, tal como informó Gustavo De Geronimi, titular de la Dirección de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial, «en las denuncias presentadas hasta el día de la fecha se ha logrado un 99% de respuesta positiva por parte de las empresas».

Según explicó el funcionario, la denuncia es gratuita y tiene una duración de dos años desde el momento en que se realiza. Se debe consignar número telefónico fijo y/o móvil del títular y presentar la última factura del servicio telefónico que desea incorporar al Registro, nota de reclamo y acreditar su identidad.

El Registro permanece abierto durante todo el año. Las empresas que utilizan el servicio de telemarketing para publicitar, ofrecer, vender y/o regalar bienes y/o servicios cuentan con un plazo de 30 días para retirar al denunciante de los listados de sus bases de datos. Una vez notificados y transcurrido el término antes mencionado, sin que sea retirado el denunciante, las empresas se hacen pasible de sanciones, multas que van desde los 100 pesos a los 500 mil pesos, decomiso de las mercaderías o clausura del establecimiento, entre otras penalidades previstas.

Las personas físicas o jurídicas alcanzadas por la Ley 14.326 pueden utilizar el sistema de telemarketing con usuarios de servicios telefónicos no inscriptos en el Registro, solamente los días hábiles de 10:00 a 12:00 y de 16:00 a 19:00.

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