El Avellaneda Automóvil Club convoca a asamblea
Convoca para el 4 de noviembre a las 19,30 horas, en la sede social sita en la calle Alsina 158, Avellaneda.
AVELLANEDA AUTOMOVIL CLUB Señor Asociado: ORDEN DEL DIA Convocase a los socios de la Entidad Avellaneda Automóvil Club a Asamblea General Ordinaria para el día 04 de Noviembre de 2022, a las 19,30 horas en primera convocatoria y 20,30 horas, en segunda convocatoria, a desarrollarse en la sede social sita en la calle Alsina 158, Avellaneda, para tratar el siguiente: ORDEN DEL DIA: ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA: ARTICULO 66ª: QUORUM Nota: La Memoria y Balance General, podrán ser retirados en la Secretaria de nuestra Sede Social Alsina 158 Avellaneda, de lunes a viernes de de 14 a 17. MARCELO TORTONESE, SECRETARIO DR OSVADO H. TORTONESE, PRESIDENTE
ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA
AVELLANEDA 3 DE OCTUBRE DE 2022
De acuerdo a lo establecido en el Estatuto Social en su artículo Nº 78, se convoca a los Señores Asociados para el día viernes 04 de Noviembre de 2022, a las 19,30 horas en primera convocatoria y 20,30 horas, en segunda convocatoria, en el que se llevará a cabo la “ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA”, con el fin de tratar lo siguiente:
1ª Designación de dos (2) socios para considerar y firmar el acta de la Asamblea.
2ª Fijación de la Cuota Social.
3ª Consideración de la Memoria, gestión de la Comisión Directiva y de la Comisión Revisora de Cuentas correspondiente al ejercicio cerrado cerrado el 30 de Junio de 2022.
4º Elección de Miembros de Comisión Directiva y de la Comisión Revisora de Cuentas por Terminación de Mandato, debiendo elegirse: PRESIDENTE, VICEPRESIDENTE, SECRETARIO, TESORERO, CUATRO VOCALES TITULARES y hasta la misma cantidad de suplentes, según resuelva la ASAMBLEA – Además se elegirán TRES REVISORES DE CUENTAS TITULARES y UN REVISOR DE CUENTAS SUPLENTE.
Las Asambleas se constituirán, en primera convocatoria con la mitad más uno de los socios habilitados para ello. En segunda convocatoria, una hora después con el número de socios presentes habilitados, siempre que ese número sea igual o mayor al total de los Miembros Titulares de Comisión Directiva. ARTICULO 68ª MAYORIAS: Las resoluciones de las Asambleas, tanto ordinarias como extraordinarias, serán tomadas por simple mayoría de votos presentes, salvo en los casos previstos expresamente en otra forma por los Estatutos. El abstenido se considerara ausente a los efectos del cómputo.