La Corte dispuso que la reducción del IVA no puede afectar los fondos de la coparticipación

El máximo tribunal concedió una medida cautelar en el marco de un reclamo de 15 distritos y estableció que la reducción del IVA y del Impuesto a las Ganancias “no puede afectar los fondos de coparticipación que corresponden a las provincias”.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación estableció que la reducción de los impuestos al valor agregado (IVA) “no puede afectar los fondos de coparticipación” que corresponden a las provincias, al conceder una medida cautelar en el marco de un reclamo planteado por 15 estados provinciales.

La reducción de esos tributos había sido incluida por el gobierno nacional en una serie de medidas económicas anunciadas por el presidente Mauricio Macri tras las PASO del 11 de agosto. Esas decisiones habían derivado en planteos que quince provincias realizaron por separado ante el máximo tribunal que, en una resolución adoptada en el marco del acuerdo celebrado este martes, dictó una medida cautelar que le dio la razón al planteo de los gobernadores.

De esta forma, dispuso que ambas medidas no pueden afectar el flujo de recursos de la coparticipación federal hacia Catamarca, Chubut, Entre Ríos, Formosa, La Pampa, La Rioja, Misiones, Salta, San Juan, San Luis, Santa Cruz, Santa Fe, Santiago del Estero, Tierra del Fuego y Tucumán.

La medida cautelar, firmada por tres votos contra uno (el presidente Carlos Rosenkrantz firmó en disidencia, y la vice, Elena Highton, no lo hizo) dispone que los costos fiscales que surjan de la aplicación de los decretos 561/19 y 567/19 del Poder Ejecutivo Nacional y de las resoluciones generales de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) 4546/19 y 4547/19, sean asumidos con recursos propios del Estado Nacional.

Al dar cuenta de la decisión de la Corte, el Centro de Información Judicial (CIJ) difundió la resolución referida a Entre Ríos, cuyos argumentos fueron replicados para los otros distritos.

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