El Senado avanzará en la aprobación de la ley de blanqueo de divisas

La Cámara alta debatirá el miércoles en sesión especial el proyecto que propicia la exteriorización voluntaria de la tenencia de moneda extranjera a través de diversas herramientas financieras.

La iniciativa -enviada por el Poder Ejecutivo- será puesta a consideración en el recinto en un plenario que comenzará al mediodía.

El proyecto llegará a la sesión con el respaldo de todo el bloque del Frente para la Victoria y de sus aliados que el pasado martes le dieron dictamen favorable.

En la vereda de enfrente, la oposición fustigó la medida que busca, según destacaron desde el oficialismo, utilizar esos recursos ociosos para financiar inversiones productivas y sociales en sectores estratégicos como construcción, mercado inmobiliario y energía.

La norma fue debatida en dos extensos plenarios de comisiones a los que asistieron las principales figuras del gabinete económico de Cristina Fernández de Kirchner; así como economistas, ex funcionarios de gobiernos anteriores, especialistas en lavado de dinero y los principales responsables del sector industrial y de la construcción.

El proyecto autoriza al Ministerio de Economía a emitir el Bono Argentino de Ahorro para el Desarrollo Económico (BAADE) y el Pagaré de Ahorro para el Desarrollo Económico que estarán denominados en dólares.

Los fondos originados en su emisión serán destinados, exclusivamente, a la financiación de proyectos de inversión pública en infraestructura e hidrocarburos.

Asimismo, autoriza al Banco Central a emitir el Certificado de Depósito para Inversión (CEDIN) en dólares, que será endosable, como un medio para la cancelación de obligaciones de dar sumas de dinero en la moneda norteamericana.

El CEDIN será cancelado en la misma moneda de su emisión por el Banco Central, o la institución que éste indique, sólo si se acredita la compraventa de inmuebles, su remodelación o la construcción de nuevas unidades habitacionales.

Cuando se trata de sucesiones la normalización será válida aún cuando la moneda que se pretenda exteriorizar esté registrada a nombre del cónyuge del contribuyente o de sus derechohabientes.

Los sujetos que realicen el blanqueo de su dinero no estarán obligados a informar a la AFIP la fecha de compra de las tenencias, ni el origen de los fondos con las que fueron adquiridas.

Asimismo, quedan liberados de toda acción civil, comercial, penal-tributaria y penal-cambiaria; del pago del Impuesto a las Ganancia; a la transferencia de Inmuebles; del Cheque y cualquier otro impuesto interno, así como el Impuesto al Valor Agregado, a la Ganancia Mínima Presunta y sobre los Bienes Personales.

Será requisito para el usufructo de estos beneficios que los contribuyentes hayan cumplido con la presentación y pago, al 31 de mayo de 2013, del Impuesto a la Ganancia, a la Ganancia Mínima Presunta y a los Bienes Personales de 2012.

El blanqueo de capitales no liberará a las entidades financieras de las obligaciones de reportar la procedencia sospechosa de moneda de operaciones como lavado de dinero, financiamiento del terrorismo u otros delitos, excepto de la figura de evasión impositiva.

En ese sentido, quedan excluidos de la exteriorización de divisas aquellos individuos y empresas declarados en estado de quiebra o denunciados por la ex DGI o por la actual AFIP por delitos comunes conectados con el incumplimiento de obligaciones tributarias con sentencia firme; los imputados por delitos vinculados con operaciones de lavado de dinero o financiamiento del terrorismo; y los que ejerzan o hayan ejercido la función pública, sus cónyuges y parientes en el segundo grado de consanguinidad en cualquiera de los poderes del Estado Nacional, las provincias o los municipios.

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