Buscan crear la Defensoría Pública en Redes Sociales en el ámbito del Poder Legilslativo

El diputado nacional por Córdoba Juan Brügge (UNA) presentó un proyecto de ley para crear la Defensoría Pública en Redes Sociales de Contenidos Digitales, en el ámbito del Poder Legislativo nacional, con independencia funcional, se informó hoy.

El nuevo organismo tendría entre sus funciones la protección de las personas ante “hechos y expresiones que causen un grave perjuicio a sus derechos constitucionales” en internet.

La iniciativa le asigna al nuevo organismo “como misión fundamental” la “protección de los derechos de las personas físicas y jurídicas frente a los actos, hechos y expresiones que causen un grave perjuicio a sus derechos constitucionales, a través de cualquier tipo de redes sociales, sean estas digitales, fijas o móviles, en particular internet y cualquier otra plataforma digital existente o a crearse en el futuro de transmisión de datos”.

La iniciativa propone que la Defensoría esté a cargo de un ciudadano con el título de “defensor público en Redes Sociales de Contenidos Digitales”, cuya designación le corresponderá al Congreso de la Nación.

Entre sus funciones se destaca la de “exigir la inmediata solución de comportamientos ofensivos, agresivos o contrarios a la dignidad humana por medio de las redes sociales; promover y difundir el buen uso de las redes sociales y defender a las personas humanas y jurídicas ante la vulneración de sus derechos constitucionales a través de las redes sociales”.

También son atribuciones del funcionario “investigar mediante la Denuncia de Habeas Data Administrativo, los comportamientos perjudiciales e inapropiados en las redes sociales; determinar si procede la denuncia y emitir una resolución, disponiendo el bloqueo temporal de un sitio y/o perfil en las redes sociales; actuar de oficio, para detectar los comportamientos perjudiciales e inapropiados que se vuelven virales en las redes sociales”, entre otros.

Según el proyecto de Brügge, el ombudsman podrá ordenar la suspensión temporaria de sitios o usuarios de redes sociales en plazos que pueden ser de 30 a 60 días.

El proyecto aclara que “si bien existe la Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual, no abarca dentro de su competencia las denuncias que versan sobre las redes sociales ni tampoco posee poder sancionatorio, a diferencia de la nueva institución, que por la materia de qué trata redes sociales, se justifica la especificidad y dada la gran cantidad de casos de violación de los derechos humanos que sistemáticamente se cometen vía las redes sociales digitales”.

noticias relacionadas